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Tramite de Afiliación al PAMI (INSSJP) de hijos menores de 21 años y esposa/o 

En qué consiste
Afiliar al PAMI al cónyuge o concubino del afiliado titular y/o a los hijos/as menores de edad solteros/as, ya sean del titular y/o del cónyuge o concubino/a.
Mediante la realización de este trámite, se incorporan estos miembros como familiares a cargo del afiliado titular, quedando bajo la cobertura médico asistencial que brinda el PAMI

NOTA:
En forma inmediata podrá elegir un médico de cabecera, un prestador de segundo nivel de atención médica, y un prestador odontológico.

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos para poder incorporarlos como familiares a cargo:
- Ser cónyuge o concubino/a, persona unida en aparente matrimonio, de un afiliado titular.
- Ser hijo/a menor de 21 años de edad del titular y/o del cónyuge o concubino/a, no emancipado por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral.

Documentación:
1.- Ultima Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o Recibo de Haber Previsional (RHP) del afiliado titular.
2.- Documento de Identidad LC, LE o DNI con domicilio actualizado del titular y de las personas cuya afiliación se pretende. En el caso de extranjeros el DNI es el único documento válido. Original y Fotocopia de 1era. y 2da. hoja.
3.- Constancia de CUIL de las personas sobre las que solicita la afiliación.
4.- Libreta de Matrimonio (para afiliación de cónyuges y/o hijos inscriptos en ese documento). Para afiliación de Cónyuge se admitirá, también, Certificado o Partida de Matrimonio Civil.
5.- Partida de Nacimiento de los hijos (en los casos de afiliación de hijos y que no se pueda acreditar el vínculo por medio de la Libreta de Matrimonio).
6.- Para la afiliación de Concubino del Afiliado Titular se exige:
- Original de la información sumaria actualizada realizada ante autoridad judicial competente, que acredite que el/la solicitante convive en aparente estado de matrimonio con el/la titular del beneficio como mínimo desde 5 años anteriores a la solicitud de afiliación. Este plazo se reduce a 2 años en caso que tuviera hijos en común con el titular del beneficio.
7.- En todos los casos se requiere el Formulario emitido por la ANSeS en donde el beneficiario ejerce opción por PAMI como Obra Social (Este Formulario se denomina CODEM).

NOTA:
Toda la documentación deberá ser presentada en Original y Fotocopia.
En caso que el trámite sea efectuado por el apoderado, éste deberá concurrir con su documento personal y constancia del poder en el Recibo de Haberes Previsional (RHP) u Orden de Pago Previsional (OPP). En caso de no contar con este último requisito se admitirá la constancia, emitida por ANSeS, de haber iniciado el trámite de Apoderado.
El Formulario de ejercicio de opción de Obra Social (CODEM) es aceptado, por PAMI, si no supera un año desde que fuera emitido por la ANSeS. Una vez vencido el plazo, deberá solicitarlo nuevamente.

Cómo se hace
1.- Concurrir a la ANSeS a solicitar el Formulario de opción (CODEM).
2.- Presentar la documentación solicitada en la dependencia de PAMI, área de Afiliaciones, que le corresponde en razón de su domicilio, (se recomienda, previamente, comunicarse con ésta para conocer, o confirmar, el horario de atención). Allí el Agente Afiliador de PAMI completará el Formulario de afiliación con los datos personales de la/s persona/s que pretende incorporar como familiar/es a cargo que deberá firmar en su carácter de afiliado titular, o su apoderado según el caso. El Formulario de Afiliación tiene el carácter de Declaración Jurada.

Cuánto vale
Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo
Titular o Apoderado, avalado por ANSeS.

Qué vigencia tiene el documento tramitado
En el caso del cónyuge o concubino/a el trámite es de carácter definitivo por lo que una vez realizado no debe volver a efectuarlo.
En el caso de los hijos menores, el beneficio caduca cuando adquieren la mayoría de edad, pudiendo extenderse, en algunos casos, sólo cuando se reúnen ciertas condiciones. Por ejemplo, se podrá extender hasta los 25 años inclusive, en el caso de hijos/as solteros/as cuando estén a exclusivo cargo del afiliado titular y cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por autoridad pertinente. También podrá extenderse en el caso de hijos del afiliado titular, incapacitados para el trabajo, cualquiera sea su edad y siempre y cuando se encuentren a cargo de aquél.

Consultar a PAMI ESCUCHA (138 o 0800-222-7264) sobre los requisitos de afiliación de hijos estudiantes menores de 25 años, hijos incapacitados y menores bajo guarda a cargo del afiliado titular.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
- Debería asistir UNA vez, si el trámite se realiza en una dependencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gran Buenos Aires o, en una cabecera (Unidad de Gestión Local) del interior del país.

- Debería asistir DOS veces, en caso de efectuarlo en otra dependencia administrativa del interior (agencia o corresponsalía), ya que deberá presentarse la primera vez para entregar la documentación solicitada y a los 20 días a retirar la credencial definitiva.

De qué organismo depende
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Ministerio de Salud y Ambiente.

Dónde se puede realizar
El trámite debe ser efectuado en la dependencia administrativa del PAMI (Unidad de Gestión Local o UGL, Agencia o Corresponsalía) que le corresponde a su domicilio.

El PAMI cuenta con cobertura geográfica de alcance nacional por lo que el horario de atención puede variar en función de la región. Se recomienda, previamente a la realización del trámite, comunicarse en forma telefónica con la dependencia administrativa (Unidad de Gestión Local (UGL), Agencia o Corresponsalía) en la que debe efectuarlo, a fin que le informen las horas, días o períodos del mes con menor concurrencia de público.

Acceda a consultar los datos de las UGL o comuníquese telefónicamente con el PAMI a través de PAMI ESCUCHA al 138 o 0800-222-7264 (PAMI).

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

ORGANISMO PAMI - Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Línea Gratuita 138 o 0800-222-7264 (PAMI)
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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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