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Tramite de Autorización de publicidad de actividades del arte de curar 

En qué consiste
Autorizar textos de difusión y propaganda de actividades del arte de curar (medicina, odontología y actividades de colaboración).

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
1.- Solicitud de autorización de textos de difusión y propaganda de actividades del arte de curar, según lo establecido por la Ley N° 17.132 y su Decreto Reglamentario N° 6216/67.
2.- La solicitud deberá estar firmada por el Director Técnico y/o Médico. En caso de presentación de apoderado o propietario del establecimiento los mismos deberán acreditar dicha situación ante escribano.
3.- Se deberá acompañar de tres (3) ejemplares de la publicación propuesta.
4.- Deberán adjuntar fotocopia de habilitación del establecimiento donde coincida el nombre del Director Técnico y/o Médico presentante con el nombre del autorizado en el acto resolutivo o dispositivo o providencia emanado por la autoridad de fiscalización sanitaria.

NOTA 1: LAS FIRMAS/COPIAS DEBERAN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO DONDE TENGA CUENTA, POLICIA O ESCRIBANO PUBLICO.
NOTA 2: NO SE INICIARAN TRAMITES QUE NO INCLUYAN LA TOTALIDAD DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS. SERA CAUSAL DE SUSPENSION Y/O DENEGATORIA DEL TRAMITE LA OMISION, NO CUMPLIMIENTO O FALSEDAD DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS.
 

Cómo se hace
1.- Presentar la documentación en Habilitaciones del Ministerio de Salud, en la Mesa de Entradas sita en 9 de Julio 1925, Planta Baja, en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
Allí se verifica que la documentación sea la correcta y esté completa; de ser así se entrega el aviso de pago, para continuar con el trámite.
Si la documentación no fuese la adecuada, deberá presentarse nuevamente.
2.- Con el aviso de pago, el interesado debe abonar en la Tesorería del Ministerio de Salud, piso 1.
3.- Toda la documentación junto al comprobante de pago, se presenta en Mesa de Entradas, allí le entregarán constancia de trámite iniciado donde figura su N° de expediente.
LA CONSTANCIA DE TRÁMITE INICIADO NO ES AUTORIZANTE PARA LA DIFUSION Y PROPAGANDA.
4.- El Ministerio de Salud lo notificará para el retiro de la Disposición de autorización en Mesa de Entradas.
 

Cuánto vale
El arancel de la autorización es $20.- por cada anuncio publicitario que el interesado desea publicar.
El mismo se abona en la Tesorería del Ministerio de Salud, 1° Piso en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 15:00.
 

Quién puede/debe efectuarlo
El Director Médico, el propietario y/o el apoderado debidamente autorizado.
 

Qué vigencia tiene el documento tramitado
Hasta que el interesado modifique el texto de la publicación autorizada o venza el tiempo propuesto.
 

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación y abonar el arancel correspondiente.
2.- Retirar la Disposición de autorización.
 

De qué organismo depende
Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, Ministerio de Salud.
 

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

ORGANISMO DNRFySF - Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras
9 de Julio 1925, 7mo piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4379-9000 Int. 4676
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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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