¡Atención Viajeros! Todo lo que Debes Saber sobre el Dinero al Ingresar y Salir de Argentina
En el inicio de la temporada alta de viajes, es crucial conocer las regulaciones sobre la cantidad de dinero que puedes llevar contigo. Aquí te contamos todos los detalles que necesitas para evitar sorpresas en la aduana.
La Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) ha emitido un recordatorio sobre las normas pertinentes al ingreso y egreso de moneda extranjera en el contexto del turismo. Bajo la dirección del fiscal general Diego Velasco, se han precisado las directrices bajo la Resolución General ARCA 5659/2025.
Regulaciones para Ingresar Dinero a Argentina
Los viajeros, incluyendo a tripulantes y menores emancipados mayores de 16 años, deben declarar cualquier suma de dinero en efectivo –ya sea en moneda nacional o extranjera– si el total es igual o superior a 10 mil dólares o su equivalente. Este procedimiento se aplica cuando el dinero se transporta en el equipaje o paquetes, según lo estipulado. Para ello, es importante que completes el formulario OM 2249, disponible en el micrositio “Viajeros” de ARCA. El tipo de cambio a considerar será el publicado por el Banco de la Nación Argentina del día anterior a tu arribo.
Normativa para Egresar Dinero desde Argentina
De manera similar, los viajeros que deseen salir del país sólo pueden llevar consigo un monto inferior a los 10 mil dólares sin tener que realizar una declaración. Si se pretende retirar una suma igual o mayor, es necesario realizar una serie de trámites a través de entidades financieras autorizadas. Para aquellos que transporten moneda nacional, el egreso debe ser declarado mediante el formulario OM 2250-B.
Además, los menores no emancipados deben ser conscientes de que el límite permitido se reduce a la mitad.
Consecuencias de No Declarar Dinero
PROCELAC ha alertado sobre las consecuencias legales que pueden surgir si se intenta cruzar la frontera con una cantidad significativa de dinero no declarada. El contrabando, ya sea intentado o consumado, implica ocultar dinero con la intención de eludir el control aduanero. Este acto se considera «mercadería» y puede acarrear penas de prisión de entre 2 a 8 años, además del decomiso del dinero no declarado.
Igualmente, existe sanciones por infracción al régimen de equipaje. Si se intenta extraer un monto superior al límite sin cumplir con las obligaciones de declaración, se aplicará una multa de 1 a 3 veces el monto excedente, sumado al decomiso del dinero no declarado.
Además, las omisiones en las declaraciones pueden conllevar sanciones equivalentes, lo que resalta la importancia de cumplir con todas las disposiciones.
También es importante mencionar que cualquier intento de ocultar el dinero puede enmarcarse en delitos de lavado de activos, especialmente si se sospecha que dicho dinero tiene un origen ilícito.
