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viernes, diciembre 13, 2024
Como recategorizarse en el monotributo

Como recategorizarse en el monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este martes su página web para que los monotributistas puedan recategorizarse y pagar su cuota mensual ajustada según los nuevos valores que dispuso el organismo la semana pasada.

Asimismo, se podrá volver a efectuar el trámite por el sinceramiento fiscal, que estará disponible hasta el próximo 31 de marzo, aunque con una penalización del 15% y ya no del 10%.

Ambos servicios se encontraban afectados por «tareas de actualización» desde fines del año pasado, pero a partir de este martes «ya están disponibles para su uso», confirmó el organismo.

Respecto al Monotributo, «se actualizaron los sistemas con las nuevas tablas y cuotas previstas en la reciente reforma legal, pudiendo realizarse nuevas adhesiones y recategorizaciones», señaló la AFIP en su página web. También – continuó – podrán volver a emitirse «Volantes Electrónicos de Pago (VEP) para abonar la cuota del monotributo de enero de 2017».

En el caso del Sinceramiento Fiscal, «se implementaron actualizaciones tendientes garantizar la adecuada registración de las transferencias desde el exterior, ordenadas hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive, y de esta forma asegurar la aplicación de la alícuota del 10% del impuesto especial», indicó el organismo.

El viernes pasado la AFIP publicó en el Boletín Oficial la nueva reglamentación del Monotributo, que prevé la incorporación de 150.000 nuevos contribuyentes a los más de tres millones ya adheridos al régimen.

Entre otras medidas, la resolución general 3982 incorpora una categoría, la «A», para quienes facturen hasta $ 84.000 anuales, quienes deberán pagar $787 por mes como aporte a la obra social y a la jubilación.

Además, permite el reingreso de los sujetos excluidos de oficio, o auto excluidos durante 2016, quienes no deberán esperar tres años, como hasta ahora.

Entre otras medidas, se modificaron los valores de los dos componentes del monotributo incrementado un 75% el Impuesto Integrado en toda la tabla, mientras que el Aporte Previsional comienza en $ 300, y aumenta 10% respecto a la categoría inmediata anterior, para hacer progresivo este parámetro.

El aporte a la obra social se mantendrá en los $ 419 pesos mensuales, informó la AFIP. La norma precisa que la AFIP efectuará la conversión de oficio de las categorías de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado al día 31 de diciembre de 2016 a las nuevas categorías previstas.

La nueva tabla del monotributo, que ya está subida a la página de la AFIP, se aplicará de parámetro para la primera recategorización de este año.

Asimismo, estableció que los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales, se incrementarán anualmente en el mes de septiembre en la proporción de los dos últimos incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

No se efectuará conversión de oficio a las sociedades comprendidas en el Régimen Simplificado, excepto las que se encontraban encuadradas en las categorías I y L, como tampoco a sus integrantes.

Los sujetos que adhieran al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a partir de enero de 2017 deberán considerar los nuevos parámetros (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados).

Los pequeños contribuyentes deberán ingresar a partir de enero de 2017 los nuevos valores del impuesto integrado y cotizaciones previsionales.

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