No se aplicará el impuesto a las ganancias sobre el aguinaldo

No se aplicará el impuesto a las ganancias sobre el aguinaldo

El  miércoles 14 de noviembre, a casi una semana del masivo cacerolazo del 8N y con la intención de desarticular el reclamo de sectores sindicales, la presidenta Cristina Kirchner había anunciado que exceptuó del pago de Ganancias el medio aguinaldo de diciembre.

Hoy, ese beneficio se oficializó: la resolución general 3413 de la AFIP fue publicada en el Boletín Oficial.

La exención del pago del tributo sólo para el aguinaldo se aplica a quienes tengan un sueldo bruto de hasta 25.000 pesos.

En cadena nacional, la mandataria había explicado que la decisión de exceptuar el aguinaldo de Ganancias buscaba acrecentar el consumo durante las fiestas de fin de año.

«Queremos contribuir con políticas contracíclicas al consumo, que es precisamente lo que ha mantenido vivo este poderoso mercado interno, esta capacidad adquisitiva de nuestros trabajadores», había argumentado después de firmar el decreto 2191, que establece ese beneficio.

Además, la Presidenta había dicho que el año que viene debatirá una modificación de los topes salariales a partir de los cuales se paga ese impuesto, reclamo de gremialistas oficialistas y opositores.

Textual

Artículo 1º – El beneficio derivado del incremento de la deducción especial prevista en el inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, dispuesto por el Decreto Nº 2.191 del 14 de noviembre de 2012, deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente al año 2012, conforme lo establecido en el último párrafo del Artículo 7º de la Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias. A tal efecto, respecto de la remuneración y sujetos aludidos en el Artículo 2º del mencionado decreto, los empleadores que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto «Beneficio Decreto Nº 2.191/12».

Art. 2º – Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.


Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1538429-oficial-no-se-aplicara-el-impuesto-a-las-ganancias-sobre-el-aguinaldo

Que opinas? Deja tu comentario

Check Also

Nuevo vídeo del accidente aéreo en San Francisco

Nuevo vídeo del accidente aéreo en San Francisco

Nuevo vídeo del accidente aéreo en San Francisco Hace justo cuatro años, un avión operado …