Los intermediarios del mercado de capitales deben hacer públicas sus comisiones

Los intermediarios del mercado de capitales deben hacer públicas sus comisiones

La Comisión Nacional de Valores oficializó hoy la obligación de los intermediarios del mercado de capitales, de hacer públicas las comisiones que le cobran a los inversores. Deberán publicarlo en sus sitios web institucionales, en lugar destacado, mantenerlo actualizado y en la web de la CNV.

Por Resolución General 616/2013 se oficializó la obligación de los intermediarios del mercado de capitales de hacer públicas las comisiones que les cobran a los inversores.

Esta decisión había sido adelantada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) el 1 de marzo último.

La Resolución General, publicada hoy en el Boletín Oficial, fija a «todos los intermediarios de los mercados publiquen que en sus sitios web institucionales, en un lugar destacado, y mantengan actualizado permanentemente, una descripción de cada uno de los costos vigentes a cargo de los clientes, con sus límites máximos y mínimos por todo concepto».

«Para que los inversores cuenten con información completa, todos los mercados deberán publicar en www.cnv.gob.ar, y en sus páginas de internet, una planilla con el detalle de las comisiones y otros costos que cobran cada uno de sus intermediarios», precisó la CNV.

También puntualizó que las bolsas de comercio sin mercado de valores adherido autorizadas por la CNV, como las de Chaco, La Plata, Tucumán y la Confederada, «deberán asimismo hacer públicos los costos que cobran a los clientes».

Asimismo, la CNV dispuso que «todos los mercados, bolsas de comercio, cajas de valores y entidades de compensación y liquidación publiquen en www.cnv.gob.ar y en sus páginas en internet, un detalle actualizado de los derechos de mercado, de registro o aranceles autorizados a percibir en las operaciones o servicios que brindan».

De esta manera, la Comisión destacó que «el público podrá consultar todos los costos involucrados en las operaciones, tanto en los sitios web de los intermediarios, de los mercados, como en la página de la CNV».

Al respecto, el presidente de la CNV, Alejandro Vanoli, puso de relieve la importancia de la nueva medida, y afirmó que su objetivo es facilitar a los inversores del mercado de capitales el acceso a información plena, completa y necesaria para la toma de decisiones de inversión”.

Agregó que se “continúa avanzando en acciones concretas para la protección de los inversores, permitiéndoles comparar los costos de operar en el mercado de capitales”, y manifestó que como consecuencia, se incentiva la competitividad entre los intermediarios, redundando en menores costos para el inversor.

La resolución General lleva la firma de los integrantes de la Comisión de Valores, Héctor O. Helman, Hernán Fardi y  Alejandro Vanoli.

En los considerandos expresa que dentro de los objetivos estratégicos de la CNV se destacan como relevantes: difundir el mercado de capitales en todo el ámbito de la República Argentina, establecer regulaciones y acciones para la protección del inversor, fomentar el desarrollo económico a través de la profundización del mercado de capitales, asegurar que el mercado de capitales se desarrolle en forma sana, segura, transparente y competitiva garantizando la eficiente asignación del ahorro hacia la inversión, desarrollar medidas para que las operaciones se efectúen en un marco de integridad, responsabilidad y ética, y establecer herramientas necesarias para que los inversores cuenten con información plena, completa y necesaria para la toma de decisiones de inversión.

Agrega además que la reforma de la Constitución Nacional en  1994, incorporó en el artículo 42, el derecho de los consumidores de contar con una “información adecuada y veraz” en orden a los bienes o servicios que requieren y se les ofrecen, a la vez que consagra específicamente la protección de sus intereses económicos.

Menciona luego varias resoluciones generales de la CNV (Nº 529/08, Nº 542/08, Nº 564/10, Nº 569/10, Nº 597/11, Nº 612/12) en las que se avanzó en la adopción de medidas dirigidas a fortalecer la protección del público inversor.

También menciona que con fechas 29 de noviembre y 27 de diciembre de 2012 fue sancionada promulgada, respectivamente, la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831, que contempla la reforma integral del régimen de oferta pública instituido por la Ley Nº 17.811.

La nueva Ley asegura la plena vigencia de los derechos consagrados en el artículo 42 de la Constitución, estableciendo un marco jurídico adecuado que eleva el nivel de protección del ahorrista en el mercado de capitales.

Pone de relieve que ante la necesidad de garantizar el normal funcionamiento del mercado de capitales hasta el dictado de la reglamentación, considera que es necesario  actualizar el marco regulatorio aplicable requiriendo la implementación de nuevas herramientas necesarias para que los inversores cuenten con información, plena, completa y necesaria para la toma de decisiones de inversión.

Esta medida –agrega- complementa las acciones adoptadas por medio de la reciente resolución General Nº 612/12, cuando se permitió a los intermediarios utilizar medios alternativos como correos electrónicos (e-mail), páginas de Internet o sistemas telefónicos tanto en la colocación primaria como en el mercado secundario; continuando con la promoción de un saludable equilibrio entre el objetivo de un mayor alcance en la intermediación de valores negociables, y el ideal de garantizar un mercado seguro y transparente para los inversores minoritarios.

En consecuencia –dice- se incorpora un nuevo título  —Transparencia en el ámbito de la oferta pública— solicitando a todas las entidades autorreguladas, las cajas de valores y las entidades de compensación y liquidación bajo competencia de la CNV, que remitan por medio de la Autopista de la Información Financiera (AIF) y publiquen en su página web institucional, el detalle de los derechos de mercado, derechos de registro u aranceles autorizados a percibir.

Los mercados deberán remitir a la CNV, por medio de la AIF el detalle de las comisiones que cobran sus intermediarios; siendo, requerimiento exigible a las bolsas de comercio sin mercado de valores adherido en lo que respecta a sus comisiones.

Asimismo –agrega- se requiere a los intermediarios que publiquen en sus sitios web institucionales una descripción de cada uno de los costos vigentes a cargo de los clientes, con sus límites máximos y mínimos por todo concepto.

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