Las ART deberán presentar una programación anual en materia de prevención

Las ART deberán presentar una programación anual en materia de prevención

Por resolución 771/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció que las A.R.T y los E.A deberán presentar una Programación Anual en materia de Prevención que incluya la descripción del desarrollo de las tareas preventivas proyecten realizar respecto de sus empleadores afiliados o de la empresa autoasegurada a lo largo del año y donde se detallen los recursos humanos, técnicos y de presupuesto que serán asignados a esa tarea. La noma dictamina que la Programación Anual en materia de Prevención deberá referir al año calendario (enero-diciembre) y ser remitida previo al inicio del período antes citado, por ventanilla electrónica y con anterioridad al 05 de diciembre de cada año. Además deberá ser presentada refrendado por el representante legal de la A.R.T. o del E.A. Además establece que la Programación deberá constar de los siguientes contenidos mínimos: cronograma y temáticas de las Capacitaciones o Seminarios en técnicas de prevención planificadas por la Aseguradora y la descripción de los mecanismos que la A.R.T. o E.A. prevé instrumentar para la ejecución de los Programas de focalización: Grupo Básico, Construcción, PYMES, Riesgo Higiénico y Cancerígenos, y Alta Siniestralidad, entre otros. La Programación será complementada con la presentación de 3Anexos al año. Cada uno de ellos deberá referir a un cuatrimestre calendario (1. enero-abril; 2. Mayo agosto; 3. septiembre-diciembre), debiendo ser remitido previo al inicio del período en cuestión, por ventanilla electrónica y con anterioridad al 5 del mes anterior al inicio de cada cuatrimestre. En los considerandos explica que la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) estableció entre sus objetivos “Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo” y que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) promoverán la prevención, informando a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo acerca de los planes y programas exigidos a las empresas. Añade, que en ese contexto, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estima imprescindible la presentación de una Programación Anual de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los Empleadores Autoasegurados en materia de Prevención a fin de conocer con anticipación la descripción de las tareas preventivas que se proyectan anualmente. Afirma, además que tal descripción debe contener el detalle de los recursos humanos, técnicos y presupuestarios destinados a la realización de dichas tareas preventivas. La resolución lleva la firma del titular de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Juan González Gaviola.

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