Cuando se tramite el DNI se deberá expresar la voluntad de donar órganos

Cuando se tramite el DNI se deberá expresar la voluntad de donar órganos

El Registro Nacional de las Personas, por Resolución 736/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció que la expresión de voluntad afirmativa o negativa a la ablación de órganos o tejidos de su propio cuerpo, de aquellos ciudadanos mayores de 18 años que se hubieran pronunciado al respecto al momento de la toma del trámite del DNI, quedará asentada en el frente del Documento Nacional de Identidad. El procedimiento y las instrucciones para la instrumentación de lo dispuesto serán establecidos y difundidos en forma conjunta por el Registro Nacional de las Personas y el Incucai, a las Oficinas Seccionales encargadas de la toma de trámites de identificación, a través de las Direcciones Generales de los Registros del Estado Civil y Capacidad de las Personas de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La medida entró en vigencia hoy y lleva la firma de la titular del Registro, Mora Arqueta y de Marcelo Tittonel, Marta D. Lopes y Erica C. Busse Corbalán. En los considerandos recuerda que la Ley Nº 24.193 de Trasplante de Órganos y Tejidos determina que el Registro Nacional de las Personas es uno de los organismos habilitados para receptar las expresiones de aquellas personas que desean manifestar su voluntad positiva o negativa a la ablación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo, disponiendo, además, que dicha expresión debe ser asentada en el Documento Nacional de Identidad del declarante. Agrega que, el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, es el organismo que impulsa, normatiza, coordina y fiscaliza las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células en nuestro país; orientando sus acciones a dar cumplimiento efectivo a la Ley de Trasplante de Órganos y Tejidos. Pone de relieve que mediante la labor conjunta del Registro y el Incucai, se ha definido la operatoria de trabajo a efectos de dar cumplimiento a la norma citada, incorporando en la emisión del Documento Nacional de Identidad el asiento de la decisión del titular mayor de 18 años que hubiera expresado su voluntad afirmativa o negativa respecto a la ablación de órganos o tejidos de su propio cuerpo al momento de la toma del trámite de DNI.

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