La Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo resolvió que el informe técnico sobre la factibilidad de un Proyecto de Inversión Pública, deberá ajustarse a lo estipulado en el Manual Complementario para la Evaluación de Impacto de las Obras Públicas. Dicho Manual establece las metodologías a emplear para la conformación de la información necesaria en la evaluación de los Proyectos de Inversión Pública, así como los procedimientos administrativos que deberán ser observados a la hora de presentarlos a consideración de la Dirección Nacional de Inversión Pública. Precisa que de la experiencia obtenida en la gestión del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (S.N.I.P.) ha surgido la necesidad de valorar en el análisis de los proyectos: a) el impacto de la demanda de insumos y mano de obra y b) el impacto sobre la oferta de bienes y servicios. El Manual está contenido en el Anexo de la resolución 40/13 que se publica hoy en el Boletín Oficial, y también podrá ser consultado en la Sede Central de esa Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires). El organismo interesado en un proyecto de inversión pública deberá aplicar en la elaboración del Análisis de Impacto, lo exigido por dicha resolución. La Resolución 40/2013 entrará en vigencia a partir del 1 de julio del presente año y fue publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía, Axel Kicillof.
Los proyectos de inversión deben incluir nuevos análisis
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