Los donantes de sangre ya no deberán responder sobre su vida sexual en la Ciudad de Buenos Aires

La iniciativa, que redactó el diputado Maximiliano Ferraro, recibió 47 votos positivos y ninguno negativo y contempla una modificación al artículo tercero de la ley 3328 de la Ciudad de Buenos Aires que establece el marco regulatorio de sangre, sus componentes y hemoderivados, así como medidas de abastecimiento y la seguridad transfusional. Puntualmente, la reforma al artículo mencionado, que fija que “los donantes de sangre tienen derecho a ser asistidos de acuerdo con los procedimientos, normas y controles establecidos”, se sumará la leyenda: “Al momento de donar no se requerirá información de los donantes respecto a su identidad de género, orientación sexual o cualquier información que resulte discriminatoria». El formulario de interrogatorio en uso se encuadra en la ley nacional de sangre y conforma uno de los dos requisitos para donar sangre junto con la verificación del estado de salud de la persona mediante un examen clínico-biológico. El diputado Ferraro señaló que «esta nueva ley establece que en la Ciudad de Buenos Aires se amplíen los derechos a partir de un nuevo cuestionario para los donantes de sangre en el que no se pidan datos de identidad de género u orientación sexual». «Puede ser que esta norma sea de nuestra autoría, pero se suma a la construcción de avanzada y que tenemos desde la autonomía en la Ciudad de Buenos Aires e intenta sumarse también a esta historia de cada vez más igualdad en la Argentina», agregó. La diputada del Frente para la Victoria María Rachid celebró «la aprobación de estas modificaciones que no sólo van a garantizar la posibilidad de donar sangre a la comunidad LGBT de la Ciudad, sino también nos permite seguir construyendo una sociedad más justa e igualitaria para todos y todas». Por su parte, la legisladora del PRO Carmen Polledo aseguró que «el nuevo texto resguarda las garantías de la no discriminación y pone el foco en la prevención asegurando la posibilidad de todos de donar sangre». El formulario en cuestión impedía la donación a “varones que tengan o hayan tenido relaciones entre hombres, a mujeres que tengan o hayan tenido pareja sexual con un hombre que tiene también sexo con hombres”. También prohibía donar a quienes “hayan mantenido relaciones sexuales ocasionales o tener conocimiento de que su pareja las tiene, aún con protección” y a las personas con “relaciones sexuales con adictos o ex adictos a drogas ilegales intravenosas o a quienes hayan tenido sexo por dinero”. Estas restricciones, no obstante, forman parte de una lista más amplia en la cual se impide dar sangre, por ejemplo, a las personas que se efectuaron tatuajes, perforaciones de la piel en alguna parte del cuerpo o acupuntura, a mujeres embarazadas o bien a quienes en las últimas 72 horas antes de la donación se sometieron a algún tipo de tratamiento odontológico como una extracción o limpieza dentaria.

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