Asueto Administrativo: Puente Festivo para la Administración Pública Nacional
El Gobierno Nacional ha dispuesto asueto administrativo para el personal público los días 24 y 31 de diciembre de 2025, facilitando así la celebración de las fiestas de fin de año.
El Poder Ejecutivo Nacional ha establecido, mediante el Decreto 883/2025, asueto administrativo para todos los empleados de la Administración Pública Nacional en las jornadas previas a la Navidad y el Año Nuevo. Esta medida, que fue oficializada y publicada en el Boletín Oficial, busca permitir que los trabajadores se concentren en la organización de las celebraciones familiares.
¿A quiénes afecta el asueto?
El decreto afecta a todos los organismos de la administración centralizada y descentralizada del Estado, excluyendo sin embargo a las entidades bancarias y financieras mencionadas en la Ley de Entidades Financieras. Cada jurisdicción deberá evaluar el personal necesario para mantener guardias mínimas y asegurar la continuidad de los servicios esenciales.
Servicios esenciales que deben permanecer operativos
De acuerdo con lo estipulado en la norma, áreas críticas como salud, seguridad, y atención al ciudadano deberán contar con dotaciones mínimas durante los días de asueto. La responsabilidad de determinar el personal que permanecerá de guardia recae en los titulares de cada organismo.
Esta disposición se basa en las facultades del Poder Ejecutivo para regular el funcionamiento del gobierno, priorizando así la prestación de servicios considerados indispensables para la ciudadanía.
La medida entrará en vigor inmediatamente tras su publicación oficial y se aplicará a toda la Administración Pública Nacional durante el período festivo.
