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Tramite de Alta de autotransporte de pasajeros afectados a la jurisdicción nacional  

En qué consiste
Habilitar una unidad que será afectada al transporte automotor de pasajeros en la jurisdicción nacional

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
La documentación detallada a continuación es la que debe presentarse para realizar el alta de una unidad. No obstante, de considerarlo necesario, previo al alta, el vehículo deberá someterse a inspección.

Aspectos Generales:
- El transportista debe contar con el permiso autorizado por la Secretaría de Transporte para el servicio al cual desea incorporar la unidad.
- El transportista debe haber dado cumplimiento a todas las exigencias establecidas por la normativa vigente relacionadas al servicio al cual desea incorporar la unidad.

Documentación a presentar:
1.- Formulario 07
El transportista debe completar el
Formulario 07 - Altas y Bajas de Parque Móvil.
Condiciones: la firma del titular del permiso, representante o apoderado podrá estar autenticada por Escribano e intervenida por el Colegio de Escribanos o bien deberá firmar ante el agente del Area Parque Móvil o ante una Delegación Regional habilitada por la CNRT.
2.- Declaración Jurada de Seguros y Otras Obligaciones DDJJ.
El transportista deberá presentar el
Formulario de Declaración Jurada de Seguros y Otras Obligaciones. Duplicado.
Condiciones:
- El transportista declara el/los seguro/s que tiene la totalidad del parque móvil de su empresa.
- Deberá constar en el Formulario de Declaración Jurada todos los datos.
- La firma del titular del permiso, representante o apoderado podrá estar autenticada por Escribano e intervenida por el Colegio de Escribanos o bien deberá firmar ante un agente del Area Parque Móvil o de alguna de las Delegaciones Regionales.
- El nombre de la/las compañía/as aseguradora/as debe estar completo para evitar cualquier confusión que pudiera surgir con otras empresas que contengan las mismas siglas.
3.- Título de Propiedad del Automotor.
Condiciones para su aprobación: deberá estar a nombre del titular del permiso (100% a nombre del titular). El título de propiedad debe estar autenticado por la Dirección de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), escribano o deberá presentar original y fotocopia la cual será autenticada por personal del organismo. En caso de estar autenticado, la fecha de autenticación no podrá superar los 30 días.
- Vehículos bajo Leasing
En este caso el transportista deberá acreditar: el título de propiedad, contrato de leasing y contrato social de la empresa dadora (si se trata de una persona jurídica) o matrícula de comerciante (si se trata de una empresa física).
Formalidad y Condiciones:
a) El título de propiedad deberá estar intervenido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, indicando que la tenencia de la unidad por leasing, está a favor del transportista que solicita el alta.
b) El título de propiedad debe estar autenticado por la Dirección de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor, escribano o deberá presentar original y fotocopia la cual será autenticada por personal del organismo. En caso de estar autenticado la fecha de autenticación no podrá superar los 30 días.
c) El contrato de Leasing deberá estar autenticado por escribano e intervenido por el Colegio de Escribanos.
d) Para personas jurídicas, en el contrato social de la empresa “dadora” deberá figurar explícitamente en la cláusula “Objeto Social” que la empresa puede realizar dentro de sus actividades la de dar vehículos bajo Leasing. El mismo deberá estar intervenido por el Registro Público de Comercio. El Transportista deberá presentar fotocopia autenticada por escribano. La autenticación nunca podrá superar los sesenta días.
En el caso de personas físicas deberá acreditar matrícula de comerciante original y fotocopia o fotocopia autenticada.
4.- Certificado de Chasis o Importación.
Se solicitará el Certificado de Chasis o Importación sólo si es la primera vez que el vehículo se incorpora a las bases de Parque Móvil.
El transportista deberá presentar una fotocopia intervenida por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA).
5.- Arancel de Alta de Unidad.
El transportista deberá abonar un arancel de Alta y presentar el recibo original y el triplicado, el original se cruzará y se devuelve al transportista y el triplicado se adjuntará al trámite que se archiva en la CNRT.
6.- Sólo para los servicios de Oferta Libre.
Certificado de Inicio de Trámite, emitido por el Area de Oferta Libre la fecha de emisión no podrá superar los 15 días.

Nota:
Se recuerda que la empresa, para realizar el trámite de alta, no debe tener deudas en concepto de TNFT y/o multas y haber dado cumplimiento a la Resolución S.T. Nº 299/98, S.T. Nº 442/98 y ST. Nº 405/98 (extremos que son controlados automáticamente por el sistema).

Importante:
Consultar por otra documentación dependiendo de las “características de la unidad” (antigüedad máxima en el momento del alta, cantidad de asientos, etc.) en http://www.cnrt.gov.ar/transporframe/Altas-WEB.htm

Cómo se hace
Una vez que el transportista cuenta con el permiso autorizado por la Secretaría de Transporte y cumplimentó todas las exigencias establecidas por la normativa vigente relacionadas al servicio al cual desea incorporar la unidad, Debe:
1.- Presentar la documentación requerida para realizar el Alta de la Unidad en el área “Parque Móvil” de la sede central de la CNRT o en las delegaciones regionales.
2.- Obtener el Certificado de Alta de la Unidad.

Cuánto vale
Arancel: $45.-

Se abona en efectivo en la Sede donde se inicie el trámite.

Nota:
Si se trata de alta de un vehículo en el momento de la inscripción de una empresa se debe presentar boleta de arancel del trámite de inscripción más arancel de $5.- para la cédula.
 

Quién puede/debe efectuarlo
Este trámite es realizado personalmente, por el titular o apoderado (registrado ante la CNRT) en los Box de Parque Móvil.
Qué vigencia tiene el documento tramitado
El Certificado de Alta no tiene vigencia.
Las unidades sí tienen una vigencia que queda determinada a partir del año modelo de la unidad y de la normativa vigente en materia de transporte.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
-En la sede central, debería asistir UNA vez al organismo:
1.- Presentar la documentación requerida y obtener la baja del vehículo.

-En las regionales, debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación requerida.
2.- Obtener el certificado de baja del vehículo.

De qué organismo depende
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Subsecretaría de Transporte Terrestre.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
El promedio es de quince minutos.

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

ORGANISMO CNRT - Comisión Nacional de Regulación del Transporte
Maipu 88 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
0800-333-0300
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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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