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Tramite de Alta y/o baja de farmacéutico auxiliar 

En qué consiste
Declarar el alta y/o baja de un farmacéutico auxiliar de una farmacia con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C. A. B. A.) ante el Ministerio de Salud de la Nación.
Se distinguen TRES casos:
CASO 1: Alta de un farmacéutico auxiliar.
CASO 2: Baja de un farmacéutico auxiliar.
CASO 3: Baja seguida de un alta de un nuevo farmacéutico auxiliar

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos:

CASO 1: Alta de un Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, solicitando el Alta del nuevo Farmacéutico Auxiliar (indicando fecha de inicio), con firmas autenticadas del Farmacéutico, del propietario y/o representante legal y Farmacéutico con los datos personales de cada uno de ellos y sus respectivos Nº de CUIT/CUIL. En el caso del profesional Farmacéutico Nº de matrícula profesional y de colegiado, fotocopia de CUIL/CUIT, DNI, domicilio particular, código postal y teléfono.
2.- Copia de Disposición de habilitación del Establecimiento, emitida por el Ministerio de Salud de La Nación.
3.- Certificado de libre regencia del profesional Farmacéutico solicitado ante el Colegio de Farmacéuticos o el Ministerio de Salud de la Prov. de Buenos Aires o ante la Autoridad Sanitaria de la jurisdicción que corresponda.

CASO 2: Baja de un Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional de Registro y Fiscalización y Sanidad de Fronteras, solicitando la Baja del Farmacéutico Auxiliar (indicando fecha de baja), acompañando fotocopia telegrama de renuncia o despido, con firmas autenticadas del propietario/ representante legal y Director Técnico con los datos personales de cada uno de ellos y sus respectivos Nº de CUIT/CUIL. En el caso de los profesionales farmacéuticos, Nº de matrícula profesional y de colegiado, fotocopia de CUIL/CUIT, DNI, domicilio particular, código postal y teléfono.
2.- Copia de la Disposición de habilitación del Establecimiento emitida por el Ministerio de Salud de la Nación.

CASO 3: Baja seguida de un Alta de un nuevo Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras solicitando el Alta del nuevo Farmacéutico (indicando fecha de inicio) y Baja del saliente (indicando fecha de baja), acompañando fotocopia telegrama renuncia o despido, con firmas autenticadas del propietario/ representante legal y Farmacéuticos, con los datos personales de cada uno de ellos y sus respectivos Nº de CUIT/CUIL. En el caso de los profesionales Farmacéuticos, Nº de matrícula profesional y de colegiado, fotocopia de CUIT/CUIL, DNI, domicilio particular, código postal y teléfono.
2.- Copia de Disposición de habilitación del establecimiento emitida por el Ministerio de Salud de la Nación.
3.- Certificado de libre regencia del profesional farmacéutico entrante solicitado ante el Colegio de Farmacéuticos o el Ministerio de Salud de la Prov. de Buenos Aires o ante la Autoridad Sanitaria de la jurisdicción que corresponda.

NOTA: LAS FIRMAS DEBERÁN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO, POLICÍA O ESCRIBANO PÚBLICO.
NOTA 2: NO SE INICIARÁN TRÁMITES QUE NO INCLUYAN LA TOTALIDAD DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS. SERÁ CAUSAL DE SUSPENSIÓN Y/O DENEGATORIA DEL TRÁMITE LA OMISIÓN, NO CUMPLIMIENTO O FALSEDAD DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS.
 

Cómo se hace
1.- Presentación de la documentación en Av. 9 de Julio 1925, 7º piso Oficina “6” en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
Allí se verifica que la documentación sea la correcta y esté completa, de ser así se entrega la orden de pago, para continuar con el trámite.
Si la documentación no fuese la adecuada, deberá presentarse nuevamente.
2.- Con la orden de pago, el interesado debe abonar, en Tesorería del Ministerio deSalud, 1° piso, en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
3.- Toda la documentación junto al comprobante de pago, se presenta en Mesa de Entradas, Planta Baja, en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
Allí le entregarán constancia de trámite iniciado donde figura su N° de expediente.
4.- El Ministerio de Salud de la Nación lo notificará para el retiro de la Disposición que habilita la baja y/o el alta del farmacéutico auxiliar por Mesa de Entradas.

Importante: las consultas sobre el trámite se realizan por despacho, ubicado en el 7º piso oficina “1” en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 o al teléfono 4379-9000 interno 4665.
 

Cuánto vale
Arancel por ALTA: $16.
Arancel por BAJA: Sin cargo.
Arancel por ALTA/BAJA en el mismo trámite: $16.
La única forma de pago es en EFECTIVO.
El mismo se abona en la Tesorería del Ministerio de Salud de la Nación, 1° piso en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
 

Quién puede/debe efectuarlo
El propietario de la farmacia, el Director Técnico o un tercero debidamente autorizado. No es necesario que se presente el Farmacéutico Auxiliar.
 

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentación de la documentación correcta y completa, abono del arancel correspondiente.
2.- Retiro de la disposición que habilita la baja y/o el alta del farmacéutico auxiliar por Mesa de Entradas.
 

De qué organismo depende
Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Ministerio de Salud.
 

Dónde se puede realizar
Ver delegación.
 

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

ORGANISMO DNRFySF - Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras
9 de Julio 1925, 7mo piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4379-9000 Int. 4676
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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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