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Tramite de Aprobación modificaciones de Reglamentos de Gestión de Fondos Comunes de Inversión (FCI) (Abiertos o Cerrados) para su inscripción en el registro CNV 

En qué consiste
Incorporar en los reglamentos de gestión de Fondos Comunes de Inversión (FCI) (previamente inscriptos en CNV) modificaciones presentadas por la Sociedad Gerente (SG) y la Sociedad Depositaria (SD) del FCI

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
DE LA SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN (NORMAS (N.T. 2001) CAPÍTULO XI ARTÍCULO 40:
1.- Escrito que fundamente la necesidad de la reforma.
2.- Acta de Directorio o en caso de tratarse de una sociedad extranjera, la conformidad del representante legal que apruebe la constitución del fondo, el reglamento de gestión y los cargos al fondo.

DEL FONDO COMUN DE INVERSIÓN (NORMAS (N.T. 2001) CAPÍTULO XI ARTÍCULO 40:
1.- Texto del Reglamento de Gestión vigente con las modificaciones propuestas en Marcas de Revisión, inicialado por los representantes de los órganos del FCI.
2.- Detalle de los diarios de mayor circulación en la República en que se efectuarán las publicaciones exigidas por el artículo 11 de la Ley Nº 24.083.
3.- Modelos de Formularios a utilizar en la operatoria del FCI:
a) Certificado de Copropiedad (salvo cuando se trate de cuotapartes escriturales).
b) Solicitud de Suscripción.
c) Solicitud de Rescate.
d) Recibos correspondientes u otros, que deberán contener como mínimo los requisitos que figuran en el modelo de Formulario adjunto como Anexo IV a X del Capitulo XI, artículo 40.

DE LA SOCIEDAD DEPOSITARIA (NORMAS (N.T. 2001) CAPÍTULO XI ARTÍCULO 40:
1.- Acta de Directorio, o en caso de tratarse de una sociedad extranjera la conformidad del representante legal que apruebe la constitución del fondo, el reglamento de gestión y los cargos al fondo.
Toda la documentación mencionada debe ser remitida en formato
electrónico con firma digital, por medio de la AUTOPISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA (AIF) creada por la CNV (en reemplazo del formato papel) (NORMAS (N.T. 2001) Capítulo XXVI Artículos 1º al 11.

NOTA: en la página web se encuentra a disposición del público en general el TEXTO ORDENADO de las NORMAS CNV:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/CNV/NORMASCNV2001.htm


 

Cómo se hace
1.- Presentar la información listada en el punto “Documentación a presentar” por medio de AIF CNV en formato electrónico con firma digital, en reemplazo del formato papel.
2.- En caso de existir observaciones en la documentación presentada, se remite el dictamen a las SG y SD. Las vistas pueden cursarse:
a) Personalmente, entregando fotocopia del dictamen y dejando constancia de ello en el expediente.
b) Por FAX (previamente constituido por las SG y SD).
c) Por CORREO ELECTRÓNICO BUZÓN PERMANENTE declarado por las SG y SD.
3.- Las SG y SD responden a las vistas. A partir de acá si no se realizan más observaciones y las SG y SD cumplieron con toda la documentación requerida se aprueba y registra el nuevo texto del reglamento de gestión del FCI.

 

Cuánto vale
Gratuito
 

Quién puede/debe efectuarlo
Representantes Legales y apoderados de Sociedad Gerente (SG) y Sociedad Depositaria (SD).
 

Cuándo es necesario realizarlo
Cuando la Sociedad Gerente y la Sociedad Depositaria consideren necesaria la modificación de algún punto del Reglamento de Gestión o cuando su modificación sea requerida por una Resolución General de la CNV.
 

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
El trámite se realiza exclusivamente por AIF de la CNV.
Solamente debe asistir al organismo en caso de existir Observaciones en la documentación presentada.

 

Períodos de menor concurrencia
Durante las primeras horas de atención al público de 9:45 a 12:00 hs.
 

De qué organismo depende
Comisión Nacional de Valores (CNV). Ministerio de Economía y Producción.
 

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Trámite Común: 30 días hábiles
Trámite Urgente: 15 días hábiles

 

Delegaciones en las cuales realizar el trámite

ORGANISMO CNV - Comisión Nacional de Valores
25 de Mayo 175 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(5411) 4329-4600
webadm@cnv.gov.ar

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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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