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REGISTRO DE OPERACIONES INMOBILIARIAS EN AFIP

El registro de compraventa de unidades se abrirá el próximo lunes; hoy hubo una reunión informativa entre el organismo y 600 operadores del sector; analistas coinciden en lo positivo de la medida

 

 

El registro de operaciones inmobiliarias para la compraventa de unidades de más de 300 mil pesos, no sólo permitirá aumentar la recaudación impositiva sino que transparentará el mercado inmobiliario, coincidieron hoy varios especialistas del sector.

"Este régimen que obliga a los que quieran vender su vivienda comunicarlo previamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), transparentará el mercado, logrará que las tasaciones sean más correctas y evitará que señoras desde los livings de su casa o encargados de edificios sean los que intermedien en las operaciones en vez de las inmobiliarias", dijo Héctor D´Dodorico, de la inmobiliaria que lleva su nombre, en una consulta de la agencia Télam.

A partir del primero de marzo, las personas que quieran vender un inmueble por más de 300 mil pesos deberán informarlo previamente a la AFIP, dando a conocer los datos del bien y el valor en el momento de realizar la oferta.

Las autoridades del ente recaudador confían en que este registro permitirá sincerar los valores inmobiliarios en el momento de la escrituración, para que se acerquen en un 80 por ciento a los valores del mercado.

Los detalles fueron dados a conocer hoy por el subdirector general de Fiscalización de la AFIP, Marcelo Pablo Costas, a casi 600 corredores inmobiliarios en una reunión que tuvo lugar en el barrio de Palermo, presidida por el titular de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Carlos Sotelo.

"Esto va a organizar al sector inmobiliario, le va a dar más profesionalismo, porque la inmobiliaria que no está registrada ante la AFIP no podrá operar. Paralelamente esto hará que la administración recaude más y que la gente tenga conciencia de que debe tener sus ingresos declarados", reflexionó D´Dodorico

El particular deberá efectuar ese informe por Internet, ingresando a la página web de la AFIP , mediante la modalidad de clave fiscal o bien telefónicamente a través del Centro de Atención Telefónica del organismo. También lo podrá hacer por teléfono celular.

En detalle. Al dar la información al organismo, el titular del inmueble recibirá un Código de Oferta de Transacciones de Inmuebles (COTI) el cual deberá ser exhibido ante la inmobiliaria, en caso que intervenga en la operación y ante el escribano que actúe en la escritura.

Cuando en la operación participen inmobiliarias, éstas complementarán el trámite iniciado por el propietario informando datos adicionales del inmueble y confirmando en el sistema la venta, a partir del 1 de marzo.

Esta metodología se pondrá en marcha en forma integral a partir del 1 de abril, con la incorporación por parte de los escribanos de los datos correspondientes a los compradores y el monto de escrituración respectiva.

Para Carlos Sotelo, titular de la CIA, los corredores inmobiliarios seguramente terminarán asesorando al público cómo registrarse en la AFIP. Al preguntársele si esta medida motivará que se mueva más el mercado de unidades de menos de 300.000 pesos para no ser registrado, dijo que puede ocurrir desde el punto de vista de los inversores.

Marcelo Pablo Costa, de la AFIP, dijo a Télam que "hace más de un año que el ente recaudador trabaja en distintos mecanismos normativos, para mejorar el control del régimen de operaciones inmobiliarias".

Enumeró que los pasos fueron "la mejora en el certificado de exención del impuesto a la transferencia, el empadronamiento de todas las inmobiliarias y ahora la obligación de que las inmobiliarias y los propietarios que quieran vender un inmueble lo avisen a través a la AFIP a través de la página web, a través de un 0800 y dentro de 15 días por teléfono celular".

"Esto permitirá conocer el valor real de la operación por parte de la administración y mejorar el tema de la subvaluación en las escrituras", aseguró

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