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NUEVA LEY DE ALQUILERES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

La norma sancionada por la Legislatura bonaerense busca "corregir los largos juicios de desalojo por falta de pago de alquiler o vencimiento de contrato, que suelen durar más de dos años", según el proyecto parlamentario

Los inquilinos morosos de la provincia de Buenos Aires podrán ser desalojados en forma inmediata, a partir de la ley que sancionó la Cámara de Diputados, que establece la incorporación de un artículo al Código Procesal Civil y Comercial bonaerense.

El artículo 667 incorporado al Código Procesal Civil protege al locador frente a dilaciones procesales que se presenten, asegurándole el pleno ejercicio del derecho de propiedad.

Asimismo, establece un mismo procedimiento de desalojo que el artículo 648 bis del Código nacional.
De esta manera, se impide que el inquilino interponga una serie de trabas en el proceso, tendiente sólo a demorar el juicio y continuar con el uso de la propiedad por un tiempo más.

Una vez que se promulgue la ley, la sola revisión del contrato en caso de vencimiento o la constatación de la falta de pago serán causas suficientes para ordenar el desalojo, independientemente de la continuidad del juicio iniciado.

Para evitar abusos, la norma incorpora una medida disuasiva en caso de fraude por parte del locador, el que podrá ser sancionando "con toda severidad mediante el pago de una multa pecuniaria significativa, cuando este haya actuado utilizando en forma ilegal la ley que lo favorece".

En este caso, el dueño de la propiedad puede ser sancionado con una multa de hasta 20 mil pesos, más los daños y perjuicios que ocasionare, "que quedan garantizados, tanto en la multa, como con una caución real", indica la normativa.

La ley, está basada en un proyecto del presidente interino de la Cámara de Senadores provincial, Federico Scarabino

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