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¿Qué ocurre si un padre no paga la pensión alimentaria? Jueza asigna la responsabilidad a los tíos

Tíos Asumen la Responsabilidad Alimentaria: Un Fallo Judicial Controversial

La reciente decisión de una jueza en Neuquén ha generado un intenso debate sobre el deber alimentario en el ámbito familiar. En este caso inusual, se ha ordenado a los tíos paternos de dos niñas que cumplan con la cuota alimentaria en ausencia de apoyo por parte del padre.

La jueza Eliana Fortbetil decidió que los tíos deben asumir la cuota alimentaria ante el incumplimiento del progenitor.

En un fallo que ha sorprendido a muchos, la jueza de Familia de la IV Circunscripción de Neuquén, Eliana Fortbetil, ha dictaminado que los tíos de dos niñas deben hacerse cargo del suporte económico, debido a la falta de aportes del padre. Esta decisión se tomó tras el pedido de la madre, quien no logró obtener ayuda del progenitor.

La Complejidad del Caso

Durante su participación en el programa Infobae a las Nueve, el abogado especialista en derecho de familia, Andrés Beccar Varela, destacó la complejidad de esta resolución. «No está en el Código Civil y Comercial«, afirmó, subrayando que este tipo de decisiones no son comunes.

Historia Judicial y Normativa

Beccar Varela también comentó que este fallo no es aislado, ya que se han emitido otras sentencias similares, donde los tíos son obligados a cubrir las necesidades alimentarias de los menores. En esta ocasión, la resolución establece que los tíos deberán abonar el 70% de la canasta básica familiar, según el INDEC.

La jueza Fortbetil argumentó que «las niñas no pueden quedar a merced de conflictos o insolvencias de los adultos que tienen la responsabilidad directa», resaltando la importancia de proteger a los menores en el contexto familiar ampliado.

¿Un Precedente Peligroso?

El abogado expresó su preocupación respecto a los alcances de este fallo: «Aunque la ley menciona que otros parientes pueden ser responsables, hay límites que no deberían sobrepasarse». Según él, el artículo 537 del Código indica que solo los ascendientes y descendientes son automáticamente responsables.

Además, Beccar Varela señaló que al incluir a los tíos, se podría abrir la puerta a una expansión de la responsabilidad que podría complicar aún más la situación familiar. «Si tuviese 62 sobrinos, estaría en aprietos», ironizó.

Implicaciones del Fallo

La cantidad que los tíos tendrán que enfrentar es considerable: 425.096 pesos. Sin embargo, el abogado aclara que este monto puede diferir, ya que no contempla gastos como educación o esparcimiento. La base de esta obligación, enfatizó, es la solidaridad familiar.

Beccar Varela también abordó las alternativas que la Justicia tiene para hacer cumplir el deber alimentario, como la prohibición de ciertos privilegios, excepto que se garantice el bienestar del menor.

Un Fallo Basado en Derechos Humanos

Un aspecto innovador del fallo es su referencia a una consulta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que menciona el derecho al cuidado. Esta enmarca el interés superior de los menores, así como el derecho a cuidar y ser cuidados por parte de los adultos responsables.

Finalmente, el futuro del fallo es incierto, ya que es probable que se recurra a instancias superiores. «Esto es solo el inicio del proceso», concluyó Beccar Varela, enfatizando la necesidad de verificar la realidad económica de todos los involucrados.

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