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viernes, marzo 29, 2024
Registro Nacional de Accidentes Laborales

Registro Nacional de Accidentes Laborales

Mediante la Resolución 3326/2014 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Suiperintendencia de Riesgos del Trabajo indica que el Registro funcionará a partir de enero del año próximo y que allí se deberán presentar todos los casos de enfermedades y accidentes que estén vinculados al ámbito laboral. La resolución incluye un Anexo I que contiene precisiones sobre el Procedimiento para Denuncias y un Anexo II en el que se detallan los pasos a cumplir por el Procedimiento para la Solicitud de Baja de Accidentes de Trabajo denunciados al Renal. La norma establece, además, que la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo será la responsable de administrar el Registro de Accidentes (Renal). Asimismo, se faculta a la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión para requerir datos e introducir cambios en el formato, medio y plazos de envío, como también a modificar los procedimientos contenidos en los Anexos que integran la resolución. La resolución lleva la firma del titular de la Superintendencia de Riegos del Trabajo, Juan H. Gonzalez Gaviola.

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