Revocan Fallo que Restituía Pensiones por Discapacidad Laboral en Argentina
La Cámara Federal de Tucumán ha decidido revocar un fallo anterior que ordenaba al gobierno de Javier Milei restituir las pensiones por discapacidad laboral que habían sido suspendidas. Esta controvertida decisión ha generado un nuevo debate sobre los derechos de los beneficiarios.
Fuentes judiciales informan que el tribunal consideró que la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFaDiM) y el Defensor del Pueblo de Catamarca no tienen la legitimación necesaria para presentar un reclamo colectivo.
Detalles de la Decisión Judicial
Los jueces Mario Leal, Ricardo Sanjuan y Marina Cossio aclararon que su resolución no impide que cada beneficiario pueda presentar su propio reclamo si corresponde. La decisión del juez federal de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, en octubre pasado había ordenado el reintegro de pensiones a los afectados en la provincia, basándose en un reclamo de la APYFaDiM y el Defensor del Pueblo.
Contexto del Reclamo
La medida de suspensión aplicada por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) fue cuestionada por las organizaciones, que argumentaron que esta decisión carecía de sustento y perjudicaba a personas con certificados válidos. Sin embargo, el tribunal no se pronunció sobre la legalidad de la suspensión de las pensiones, sino que centró su análisis en la falta de legitimidad de quienes presentaron el reclamo.
Limitaciones de la Asociación y el Defensor del Pueblo
El fallo subrayó que el Defensor del Pueblo de Catamarca sólo tiene competencias en la administración pública provincial, lo que limita su capacidad de actuar ante la Agencia Nacional de Discapacidad. Además, los magistrados explicaron que la legitimación extraordinaria del Defensor del Pueblo debe ser interpretada de manera restrictiva, para proteger los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Implicaciones para los Beneficiarios
La Cámara estableció que no se puede considerar que la afectación de derechos de un grupo de personas tenga un efecto homogéneo, lo que significa que cada persona afectada deberá gestionar su reclamo de manera individual. Esta decisión impacta a aquellos que perdieron sus pensiones y aún buscan la posibilidad de recuperarlas.
Posibles Pasos a Seguir
A pesar de la revocación del fallo colectivo, los jueces resaltaron que cada beneficiario de una pensión no contributiva por invalidez laboral tiene el derecho de presentar su propio reclamo. Esta apertura puede ser una salida para quienes se vieron afectados por la medida de ANDIS, pero también plantea nuevos desafíos en el camino hacia la defensa de sus derechos.
