Título: «Cámara Federal de Casación Penal ratifica sobreseimiento en caso de mina Veladero en San Juan»
Bajada: «El sobreseimiento de Jorge Mayoral y Beatriz Domingorena se mantiene firme tras la acción penal extinguida por presuntas omisiones de control estatal en la emblemática mina Veladero en San Juan.»
Artículo:
La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal
La Cámara Federal de Casación Penal ha confirmado el sobreseimiento de Jorge Mayoral y Beatriz Domingorena en la causa relacionada con la mina Veladero en San Juan. La Sala III concluyó que la acción penal estaba extinguida y que continuar el proceso después de más de una década vulneraría el derecho a un juicio en un plazo razonable.
El origen de la causa por derrame de cianuro
El caso surge por el derrame de cianuro en el río Potrerillos en Jáchal, provincia de San Juan, a raíz de la rotura de un caño utilizado por Barrick Gold en Veladero. La investigación se centró en la posible responsabilidad de los funcionarios nacionales por no haber cumplido con los deberes de control ambiental, en particular, Jorge Mayoral y Beatriz Domingorena.
La clave en el reclamo de la acusación
Uno de los puntos clave del reclamo acusatorio fue la continuidad de Juan José Mussi en cargos públicos después de los delitos imputados, lo que, según la acusación, impediría la prescripción. Mussi, quien fuera secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, estaba procesado en una causa relacionada.
El fallo de la Casación y sus argumentos
La Casación determinó que la continuidad de Mussi no implicaba la suspensión de la prescripción para los demás involucrados, ya que cada uno respondía por su omisión específica. También se destacó que las causas contra Mussi y los demás imputados eran independientes, por lo que no procedía la extensión de los efectos suspensivos del Código Penal.
La resolución de la jueza María Servini
El juicio oral estuvo a cargo de la jueza María Servini, quien declaró la prescripción de la acción penal contra Jorge Omar Mayoral y Beatriz Domingorena por afectar el derecho a un juicio en un plazo razonable. Ante esta decisión, el Ministerio Público Fiscal apeló a la Casación, argumentando una interpretación errónea de la garantía de juicio en un plazo razonable.
La parte querellante, «Asamblea Jáchal No se toca», respaldada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, coincidió con la fiscalía y cuestionó la conducta de la defensa de Mayoral por interponer recursos que prolongaron el proceso hasta pedir la prescripción.
Por su parte, la defensa de Mayoral señaló que el hecho investigado tenía más de 10 años y que se había superado el monto máximo de pena del delito, mientras que el abogado de Domingorena mencionó la inactividad jurisdiccional desde la citación a juicio.

