La ANMAT Prohíbe Productos de Cuidado Capilar y Sutura Odontológica por Riesgo Sanitario
La ANMAT ha tomado medidas drásticas al prohibir la venta y distribución de varios productos cosméticos y un insumo médico, debido a preocupaciones sobre su seguridad y falta de autorización.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha declarado la prohibición de una serie de productos para el cuidado del cabello, junto a un insumo utilizado en odontología. La decisión se basa en la detección de estos artículos en el mercado, sin la debida autorización sanitaria y con potenciales riesgos para la salud de los consumidores.
Resoluciones Publicadas en el Boletín Oficial
Las prohibiciones fueron formalizadas en las Disposiciones 599/2026, 605/2026 y 634/2026, que se anunciaron oficialmente en el Boletín Oficial. Estas regulaciones provienen de operativos de fiscalización que se llevaron a cabo en diversas provincias y en plataformas de venta online.
Productos Capilares Prohibidos
En particular, se prohibieron varios tratamientos capilares de las marcas GOOD HAIR y SILKDROP. Esto incluye productos como alisados, botox capilar, keratinas y otros que prometen un “efecto espejo”. La ANMAT revisó su base de datos y no encontró registro sanitario correspondiente a estos artículos, lo que motivó su retirada del mercado.
Riesgos Associados a Alisadores Capilares
Entre las preocupaciones, se destacó la posible presencia de formol (formaldehído) en los alisadores capilares, un componente prohibido por su naturaleza nociva. La exposición a sus vapores puede causar irritaciones en la piel y los ojos, así como complicaciones respiratorias, tanto para los usuarios como para los profesionales que aplican estos tratamientos.
Efectos a Largo Plazo
El organismo alertó que el contacto prolongado con formol podría desencadenar problemas de salud aún más serios, incluyendo dermatitis alérgica y un riesgo incrementado de cáncer, especialmente nasofaríngeo.
Prohibición de Insumo Odontológico
Simultáneamente, la Disposición 605/2026 prohibió el uso y comercialización del producto “HILO PARA SUTURA FARMADENTAL – MR 10 metros”, empleado en prácticas odontológicas. Esto se debió a que en inspecciones realizadas en San Luis, Córdoba y Buenos Aires, se halló que estos hilos se comercializaban sin el correspondiente número de lote ni registro sanitario.
Consumo Ilegal y Riesgos Potenciales
Los inspectores también descubrieron productos no autorizados y falsificados, vendidos a través de entidades profesionales que no cumplían con la normativa vigente. Al no estar registrados en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica, estos hilos de sutura son considerados ilegítimos y potencialmente peligrosos.
Medidas a Tomar
Las prohibiciones son de aplicación nacional, obligando a retirar los productos del mercado y suspender su publicidad. Las autoridades sanitarias de cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires han sido notificadas para intensificar el control de estos artículos.
Recomendaciones de la ANMAT
La ANMAT aconseja a consumidores, peluqueros y profesionales de la salud que siempre verifiquen la inscripción sanitaria de los productos antes de su uso y eviten comprar en canales informales. Se insta a reportar cualquier irregularidad detectada.
