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ELECCIONES 2011 - AFILIACION PARTIDARIA

La afiliación partidaria: ¿cómo afiliarse, cómo desvincularse y cómo conocer mi situación individual respecto a la afiliación?

¿Quiénes pueden afiliarse a un partido político?

Todos los ciudadanos que no se encuentren excluidos del padrón electoral por las disposiciones legales vigentes, tienen derecho a la afiliación partidaria

¿Cuáles son los requisitos para afiliarse a un partido político?

Para afiliarse a un partido político, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio en el distrito en el cual se solicite la afiliación.
  • Corroborar la identidad mediante documento cívico.
  • Completar una ficha de afiliación por cuadruplicado.

Asimismo, es condición para la afiliación a un partido la renuncia previa expresa a toda otra afiliación anterior, imposibilitándose de este modo la doble afiliación

¿Cómo se adquiere la calidad de afiliado?

La calidad de afiliado se adquiere:

  • A partir de la resolución de los organismos partidarios que aprueben la solicitud de afiliación respectiva.
  • O bien, automáticamente, en el caso que el partido no la considerase dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido presentada

¿Quiénes no pueden estar afiliados a un partido político?

No pueden ser afiliados a un partido político:

  • Los excluidos del padrón electoral.
  • El personal superior o subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nación, en actividad o en situación de retiro cuando haya sido llamado a prestar servicios.
  • El personal superior o subalterno de las Fuerzas de Seguridad de la Nación o de las provincias, en actividad o en situación de retiro cuando haya sido llamado a prestar servicios.
  • Los magistrados del Poder Judicial nacional, provincial y tribunales de faltas municipales

¿Cómo puedo conocer si estoy afiliado a algún partido político?

Con el fin de asegurar mayores niveles de protección y transparencia, la nueva Ley establece el carácter público del Registro Nacional de Afiliados a Partidos Políticos, garantizando a todos los electores el derecho a conocer su situación individual respecto de la afiliación y restringiendo el acceso de terceros a estos datos.

Para conocer si estás afiliado a algún partido político, consultá en:
http://afiliados.pjn.gov.ar/
http://www.electoral.gob.ar/

¿Qué debo hacer para desafiliarme a un partido político?

Todo ciudadano tiene el derecho a renunciar a su afiliación partidaria, debiendo para ello dirigirse:

  • Personalmente, ante la Secretaría Electoral del distrito que corresponda o ante la Cámara Nacional Electoral.
  • Por telegrama gratuito, el que deberá remitirse a la Secretaría Electoral del distrito que corresponda o a la Cámara Nacional Electoral. (Descargar Modelo de Telegrama)
  • Por cualquier medio que permita certificar la autenticidad de su firma, ante la Secretaría Electoral correspondiente.

Asimismo, el ciudadano que así los desee, tiene la posibilidad de renunciar a todo partido político en forma indeterminada

¿Puedo estar afiliado, simultáneamente, a dos o más partidos políticos?

NO. Las modificaciones instituidas por la nueva ley electoral incluyen la obligación de la desafiliación expresa del ciudadano, como condición previa para toda nueva afiliación partidaria, imposibilitándose la existencia de la doble afiliación.

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