jueves, diciembre 18, 2025
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La Corte ratifica que Cristina Kirchner usará tobillera electrónica

Cristina Kirchner: La Corte Suprema Afirma el Monitoreo Electrónico Durante el Arresto Domiciliario

La Corte Suprema de Justicia ratificó que Cristina Kirchner permanecerá bajo arresto domiciliario con monitoreo electrónico, desestimando los recursos presentados por su defensa. Desde junio, enfrenta una condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Decisión Judicial y Monitoreo Electrónico

La Corte Suprema ha respaldado la decisión del juez Jorge Gorini, quien estableció que la ex presidenta Cristina Kirchner cumpla su pena de forma domiciliaria mientras es supervisada a través de una tobillera electrónica. El fallo se basa en la evaluación del caso Vialidad, por el cual Kirchner está detenida desde junio.

El Recurso Ante la Corte

La defensa de Kirchner llevó la discusión a la Corte, argumentando que la colocación del dispositivo era una medida arbitraria. Sin embargo, el tribunal apreció que el recurso carecía de fundamentos sólidos y desestimó los argumentos presentados, dejando en claro que el monitoreo es una práctica habitual en casos similares.

Sostenimiento del Arresto Domiciliario

El juez Gorini mantuvo el arresto domiciliario en la localidad de San José 1111, limitando las visitas a solo tres personas por día y restringiendo su duración a dos horas. Estas medidas fueron reforzadas, complicando aún más el régimen de visitas para la ex mandataria.

Reflexiones Sobre el Régimen de Visitas

La Corte consideró irrelevante abordar los cuestionamientos sobre el sistema de visitas, dado que las nuevas restricciones ya establecidas limitarían el acceso de visitantes al departamento en el barrio de Constitución. Asimismo, la Corte subrayó que la defensa no argumentó adecuadamente por qué el uso de la tobillera debía ser reconsiderado.

Controversias en la Recusación de la Corte

Junto con las impugnaciones al régimen de visitas y al monitoreo, la defensa también intentó cuestionar la imparcialidad de la Corte, alegando un “temor objetivo de parcialidad” tras la confirmación de su condena por el caso Vialidad, que implica un perjuicio al Estado de 685.000 millones de pesos. La Corte rechazó esta solicitud, afirmando que las recusaciones deben basarse en fundamentos claros y no meros supuestos.

Conclusión del Tribunal

El fallo del tribunal dejó claro que no hay elementos jurídicos que sustenten la inconstitucionalidad invocada por la defensa. La Corte se mantiene firme en la decisión que garantiza el cumplimiento de la pena por la ex presidenta, manteniendo así el control judicial en casos de prisión domiciliaria.

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