Si Chávez no puede gobernar, debe haber elecciones según EEUU

Si Chávez no puede gobernar, debe haber elecciones según EEUU

La portavoz del Departamento de Estado sostuvo que la Constitución venezolana es muy clara respecto a la inhabilitación presidencial

WASHINGTON.- Estados Unidos dijo hoy que, en caso de que la enfermedad del presidente venezolano, Hugo Chávez, le impida ejercer permanentemente el poder, la Constitución venezolana exige que se convoquen nuevas elecciones en el país. Esto a raíz de la convalecencia del presidente bolivariano tras su operación en Cuba y su vuelta reciente a Venezuela.

«En caso de que el presidente Chávez quede permanentemente inhabilitado para servir, nuestro entendimiento es que la Constitución venezolana requiere que haya una elección para buscar a un nuevo presidente», indicó hoy la portavoz del Departamento de Estado, Victoria Nuland, en su conferencia de prensa diaria.

Chávez, de 58 años y en el poder desde 1999, llegó el lunes desde La Habana de madrugada y por sorpresa a Caracas para continuar en el Hospital Militar de la ciudad el tratamiento contra el cáncer que le fue diagnosticado en junio de 2011 en Cuba.

«Hemos visto los informes sobre su regreso. Obviamente, corresponde a los venezolanos decidir cómo se va a producir la transición. Ha habido elecciones, pero no ha habido juramento del cargo», recordó Nuland.

Chávez, reelegido en los comicios de octubre pasado, no tomó posesión el 10 de enero de su nuevo mandato (2013-2019), como establece la Constitución, porque su estado de salud no le permitía volver a Venezuela desde Cuba, y el Supremo venezolano avaló postergar su juramento hasta que el presidente se recuperara.

Según la Constitución venezolana, solo se celebrarían elecciones anticipadas en caso de falta absoluta del presidente, lo que pasaría, principalmente, por su muerte, su renuncia o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia.

Una vez declarada la falta, la Carta Magna establece que se debe proceder a una nueva elección dentro de los treinta días siguientes quedando interinamente frente a la Presidencia el titular del Parlamento, si el mandatario no ha sido juramentado, o el vicepresidente, en caso de haber sido ya juramentado.

Agencias EFE y AFP

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