¿Cuánto Puedes Depositar en Dólares sin Justificativos? Todo Lo que Debes Saber
En el marco de una creciente bancarización impulsada por el Gobierno argentino, surgen interrogantes sobre los límites de los depósitos en dólares en cuentas bancarias y los requisitos para evitar controles estrictos.
Recientemente, se actualizó la normativa que guía a las entidades financieras en la solicitud de documentación sobre el origen de los fondos depositados. Estas modificaciones buscan facilitar el ingreso de divisas al sistema financiero formal, a la vez que se implementan medidas de prevención de lavado de activos.
¿Cuántos Dólares Pueden Depositarse sin Justificación?
A partir de mayo de 2026, los bancos no están obligados a solicitar documentación respaldatoria cuando el total de depósitos en dólares no exceda el equivalente a 40 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Actualmente, esto corresponde a cerca de $13.872.000, o aproximadamente u$s10.000.
Bajo este umbral, las entidades financieras solo requieren identificar a la persona que realiza el depósito, sin la necesidad de comprobantes adicionales sobre el origen de los fondos.
Esta medida forma parte de la estrategia del Gobierno para incentivar a los ahorristas a depositar sus dólares en el sistema formal. Sin embargo, superar este límite no automáticamente conlleva irregularidades.
Las entidades pueden solicitar documentos complementarios para validar la procedencia de los fondos y adherirse a las regulaciones de prevención del lavado de dinero.
Origen Lícito de los Fondos: ¿Cuáles Son Aceptables?
Entre las fuentes legítimas de fondos están los dólares adquiridos en el mercado oficial, operaciones de dólar MEP y la venta de activos, incluyendo criptomonedas, siempre que cuenten con la documentación pertinente.
Por el contrario, si los fondos provienen del mercado informal y no se posee comprobantes que respalden su origen, se podría clasificar como una operación irregular, lo que desencadenaría posibles sanciones de acuerdo con la Ley Penal Cambiaria.
Controles de ARCA sobre Movimientos Financieros
ARCA también supervisa una diversidad de movimientos financieros que deben ser informados por bancos y billeteras virtuales. En el caso de transferencias o acreditaciones, las entidades están obligadas a reportar cualquier operación que supere los $50.000.000 mensuales para individuos, y $30.000.000 para empresas.
Estas cifras no se aplican a transacciones individuales aisladas, sino que se calculan sobre el total acumulado de movimientos durante el mes. Las extracciones en efectivo deben ser reportadas a partir de $10.000.000 mensuales para ambos tipos de clientes. También existen límites para saldos bancarios: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Obligaciones en Plazos Fijos y Compras
Para plazos fijos, los controles comienzan a aplicarse cuando los montos superan los $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas. Los pagos efectuados y las compras como consumidor final también deben reportarse si superan ciertos umbrales: $50.000.000 para individuos y $10.000.000 para compras.
Exceder cualquiera de estos límites no implica necesariamente una infracción; sin embargo, permite a las entidades financieras reportar los movimientos y, si lo consideran necesario, solicitar documentación adicional para justificar el origen de los fondos.
