Ordenan seguir causa por violencia de género por ser cuestión de "interés público"

Ordenan seguir causa por violencia de género por ser cuestión de «interés público»

La Cámara del Crimen consideró que los delitos por violencia de género deben ser considerados cuestiones de «interés público» y, en consecuencia, pueden ser investigados aunque la propia víctima no haya instado a la acción penal. La Sala Sexta de la Cámara, por mayoría, resolvió mantener abierta una investigación por un episodio ocurrido en una vivienda del barrio porteño de Núñez en noviembre del año pasado, cuando el imputado «habría tomado de los brazos y empujado al suelo con las manos hacia atrás, provocándole lesiones» a su pareja. «Vos que siempre decís que te estoy pegando, ahora sí te voy a empezar a pegar… sí, te estoy amenazando, ahora sí te voy a empezar a pegar, ya que tu mamá se mete», le espetó el hombre a su pareja, en el marco de la discusión, de acuerdo al fallo. La mujer -cuya identidad esta agencia mantendrá en reserva- formuló la denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), pero no «instó a la acción penal», es decir no impulsó una causa contra su pareja. El camarista Mario Filozof opinó que «en el caso concreto existe el interés público que habilita al Ministerio Público a actuar sin que se haya instado la acción» por parte de la damnificada, quien «se encuentra entrampada en una situación de violencia familiar y se evalúa su situación y la de sus hijos como de altísimo riesgo, presenta una alta naturalización y adaptación respecto de la violencia». «Sus hijos son maltratados con la exposición a la violencia física, económica y emocional», añade el fallo, que además cita informes psicológicos según los cuales «se ha demostrado en infinidad de ocasiones como la víctima no es libre por cómo la afectan este tipo de acontecimientos». Por su parte, el juez Ricardo Pinto consideró que la mujer «podría estar imbuida por el síndrome de indefensión aprendida», tal como lo sostuvo el fiscal correccional Daniel Pablovsky, al impulsar que continúe la investigación. «La denunciante expuso que el 21 de noviembre de 2012 el imputado la habría agarrado de su brazo, empujado y lesionado, y que en ese contexto la habría amedrentado… La entidad de estas frases no permiten descartar en forma nítida que hubieran sido amedrentantes con entidad para afectar la libertad personal de la damnificada, y a su vez la forma poco clara y precisa de la defectuosa redacción del acta confeccionada por la OVD afecta la posibilidad de comprender cuáles son los hechos a investigar», añadió. En disidencia, el juez Marcelo Lucini opinó que «no se aprecia, al menos de momento, una situación tan comprometida como la oportunamente analizada como para considerar amenazado el interés público», por lo que sostuvo que no debía continuar la investigación si la presunta damnificaba no la instaba. «Lo contrario permitiría asignar el carácter de ‘interés público’ a todos los casos donde la víctima no desee promover una investigación penal», resumió.

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