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jueves, diciembre 12, 2024

Diputados se presentan hoy para pedir que se suspenda la sentencia de la Corte sobre la Ley de Medios

Los Diputados Nacionales Federico PINEDO (PRO), Patricia BULLRICH (Unión Por Todos), Paula Maria BERTOL (PRO), Pablo G. TONELLI(PRO), Laura ALONSO (PRO), Cornelia SCHMIDT-LIERMANN (PRO), Alberto Jorge TRIACA (PRO), Gladys GONZALEZ (PRO) y Roberto PRADINES (Demócrata de Mendoza), presentarán un escrito solicitando que se suspenda la ejecución de la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia sobre la Ley de Medios. Los Diputados realizan la presentación ante la Suprema Corte, pues consideran que es ella la que debe hacer ejecutar sus decisiones con los alcances con los que fueron dictadas. Puntualmente se solicita que se suspenda la ejecución de la sentencia recaída hasta tanto se verifiquen los presupuestos fijados por la Corte. como requisitos para que en la República Argentina rijan las garantías de libertad de expresión y libertad de prensa, fundamentos necesarios del Estado de Derecho y del sistema democrático establecido por el artículo primero de la Constitución Nacional, los cuales son: 1. Que exista una autoridad de aplicación de la llamada ley de medios audiovisuales N° 26.522, que sea efectivamente “un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión” (considerando 74 de la sentencia de V.E.). 2. Se verifique la acción del Estado como “garante de la libertad de expresión”, que garantice que “por la vía de subsidios, de reparto de la pauta oficial o de cualquier otro beneficio, los medios de comunicación (no) se conviertan en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas” (mismo considerando 74 del fallo de V.E.). 3. Se verifique que los medios públicos, “en lugar de dar voz y satisfacer las necesidades de información de todos los sectores de la sociedad”, no se conviertan en “espacios al servicio de los intereses gubernamentales”. En el escrito se señala: Excma. Corte: Federico PINEDO, Patricia BULLRICH, Paula Maria BERTOL, Pablo G. TONELLI, Laura ALONSO, Cornelia SCHMIDT-LIERMANN , Alberto Jorge TRIACA, Gladys GONZALEZ y Roberto PRADINES, diputados de la nación, constituyendo domicilio legal en la sede de nuestros públicos despachos en la calle Riobamba 25 de la Ciudad de Buenos Aires, Oficina 947, en autos “Grupo Clarín S.A. y otros c/Poder Ejecutivo Nacional y otros/acción meramente declarativa”, como mejor proceda decimos: OBJETO 1. Por el presente venimos a solicitar que, en cumplimiento de lo expresado por V.E. en estas actuaciones, se suspenda la ejecución de la sentencia recaída hasta tanto se verifiquen los presupuestos fijados por V.E. como requisitos para que en la República Argentina rijan las garantías de libertad de expresión y libertad de prensa, fundamentos necesarios del Estado de Derecho y del sistema democrático establecido por el artículo primero de la Constitución Nacional. Concretamente nos referimos a la efectiva vigencia de los siguientes presupuestos fácticos: 1. Que exista una autoridad de aplicación de la llamada ley de medios audiovisuales N° 26.522, que sea efectivamente “un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión” (considerando 74 de la sentencia de V.E.). 2. Se verifique la acción del Estado como “garante de la libertad de expresión”, que garantice que “por la vía de subsidios, de reparto de la pauta oficial o de cualquier otro beneficio, los medios de comunicación (no) se conviertan en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas” (mismo considerando 74 del fallo de V.E.). 3. Se verifique que los medios públicos, “en lugar de dar voz y satisfacer las necesidades de información de todos los sectores de la sociedad”, no se conviertan en “espacios al servicio de los intereses gubernamentales”. LA SITUACION DE LAS LIBERTADES DEMOCRATICAS 2. En la sentenci

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