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viernes, marzo 29, 2024
Los canales de TV deberán aclarar si las noticias que emiten son en vivo

Los canales de TV deberán aclarar si las noticias que emiten son en vivo

La resolución 1478, publicada hoy en el Boletín Oficial, indica que las señales deberán consignar «la expresión ‘archivo’ cuando se trate de noticias o imágenes registradas con anterioridad al día de su emisión» y aclara que «no quedan comprendidos los programas de ficción». Se especifica, además, que «cuando se trate de noticias o imágenes que sean transmitidas desde el lugar y en el momento de los hechos, deberán consignar de modo claro y legible el lugar donde acaecen los mismos y la expresión ‘en vivo’ o ‘vivo’». En tanto, «cuando se trate de noticias o imágenes registradas el mismo día de su emisión pero que no fueran emitidas en vivo deberán consignar la expresión ‘hoy’, la hora y el lugar en que acontecieron». Entre los considerandos, la norma destaca el artículo 42 de la Constitución Nacional, que dispone que «los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno». Asimismo señala que la Corte Interamericana reconoce la «manipulación informativa que puede existir en los medios de comunicación y los insta a evitarlas» y se remarca que es necesario «brindar a los usuarios de los servicios de comunicación audiovisual, los elementos necesarios para hacer efectivo el acceso a la información».

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