A través de la resolución 97 de Enargas, el Gobierno reglamentó el pago en cuotas de las facturas de gas del período invernal, cuya aceptación será optativa y explícita con carácter excepcional para los consumidores residenciales y comerciales servicio completo de gas natural y para los usuarios residenciales.
Para acceder al pago en cuotas de las facturas, los usuarios deberán:
• Hacer el trámite antes de recibir la facturación por el consumo del período 4, del 1 de julio al 31 de agosto, o hasta el día de vencimiento del primer cupón de pago.
• El usuario sólo podrá optar por el pago total del equivalente mensual del consumo facturado, o aceptar que se le financie el 25% del total en tres cuotas bimestrales. No podrá hacerlo por una modalidad intermedia, ni por un sólo período, sino por los dos.
• Los consumidores residenciales, comercios y Pymes podrán pagar el 25% de las facturas de gaspor los consumos de julio a octubre con un costo máximo del 1,5% mensual.
• Para el caso de que un cliente haya pagado el primer comprobante de vencimiento mensual del período 4 ya no podrá adherirse por el restante, pero sí podrá hacerlo por el bimestre siguiente, septiembre a octubre.
• La financiación acumulada y sus intereses se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1 de noviembre de 1018 y por 3 períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis para los clientes mensuales.
• Para el caso de usuarios que soliciten la baja del servicio serán exigibles todas las cuotas de financiación pendientes.