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jueves, abril 25, 2024
Criterios para las tarifas de Edenor y Edesur
Distribuidoras Edenor-Edesur

Criterios para las tarifas de Edenor y Edesur

El Ministerio de Energía y Minería, por Resolución 7/2016 publicada hoy en el Boletín Oficial, instruyó al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para que efectúe un ajuste del valor agregado de distribución en los cuadros tarifarios de Edenor S.A. y Edesur S.A., aplicando el régimen tarifario de transición. También se lo instruye a aplicar una Tarifa Social al universo de usuarios de Edenor y Edesur que resulten de la aplicación de los criterios que, como Anexo I, forman parte de esta resolución. En el Anexo precisa los siguientes criterios de elegibilidad: Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional; Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM); Ser titular de programas sociales; Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social; Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239); Estar percibiendo el seguro de desempleo. Respecto de los criterios de exclusión del beneficio abarca: Cruce por padrón de fallecidos; Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de uno; Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad; Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo. El ENRE deberá aplicar las excepciones con intervención previa del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales dependiente de la Presidencia de la Nación, o el órgano que resulte competente en la materia, que estime convenientes por responder a la finalidad tutelar perseguida al instrumentar la Tarifa Social. También expresa que a efectos de que los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica a cargo de Edenor y Edesur puedan establecer una mejor organización de las finanzas del hogar resulta conveniente que las facturas de servicio que se emiten en forma bimestral se instrumenten como una obligación de pago mensual, motivo por el cual resulta necesario instruir al ENRE para que lleve a cabo las modificaciones necesarias para su puesta en práctica. También se instruye al ENRE a incluir en los cuadros tarifarios de Edenor y Edesur el plan de ahorro de energía eléctrica y también deberá proceder a la Revisión Tarifaria Integral (RTI) de Edenor y Edesur, la que deberá entrar en vigencia antes del 31 de diciembre de 2016. Asimismo deja sin efecto el Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica (PUREE) que, según explica en los considerandos de la resolución no obtuvo los efectos perseguidos en su instrumentación. Además –agrega- por Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2015 del Ministerio se han definido criterios para instrumentar un sistema de premios al ahorro de energía eléctrica con incidencia en una disminución del Precio Estacional de la energía mayorista. Dispone asimismo que, a partir de la publicación de esta medida, cesará la aplicación de los mecanismos que impliquen la transferencia de recursos a Edenor y Edesur, por cuenta y orden del Fondo Unificado (Artículo 37 de la Ley N° 24.065), para financiar planes de obra de dichas empresas, que se hubieran instrumentado mediante contratos de mutuo entre la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) y Edenor y Edesur, con crédito a favor del Fondo de Estabilización. CAMMESA deberá, a partir del 1° de febrero de 2016, suspender hasta nueva instrucción, todos los efectos de los contratos de mutuo celebrados con Edesur (Resolución de la ex Secretaría de Energía N° 10/14) y con Edenor (Resolución de la ex Secretaría de Energía N° 65/14), en particular, la cesión de créditos instrumentada como garantía de cumplimiento. La resolución lleva la firma del ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren. En los considerandos explica que si bien la Resolución de la ex Secretaría de Energía N°

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