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viernes, abril 19, 2024
"Una persona con síndrome de Down no debe recibir pensión; puede trabajar"

«Una persona con síndrome de Down no debe recibir pensión; puede trabajar»

 «Una persona con síndrome de Down no debe recibir pensión; puede trabajar»

En medio de la polémica, el presidente de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, Guillermo Badino, se refirió a la suspensión de pensiones para discapacitados -suman unas 70.000 en lo que va del año- y afirmó que una persona con síndrome de down no debería percibir el beneficio.

“Dimos de baja pensiones a personas que no son inválidos totales y permanentes, sino que tienen cierto grado de discapacidad. Una persona con síndrome de down no es sujeto de derecho de esta pensión. Puede trabajar si lo deseara, quizás le pueda caber la asignación universal por hijo”, dijo.

El funcionario, que forma parte del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que conduce Carolina Stanley, aclaró este martes que se tratan de suspensiones de beneficios y no de bajas. “Esas personas están en un proceso, si reclaman y constatamos que les corresponde la pensión se podría reponer en el mismo día, así que preferimos no hablar de número bajas”, indicó.

Badino reconoció que no se avisó a los beneficiarios cuestionados que se les suspendería la pensión. «No tenemos los teléfonos de todos y no es efectiva la comunicación por carta”, se excusó. Sin embargo, indicó que este año se entregaron 34.000 pensiones nuevas y que hay demora de un año para adquirir un nuevo certificado de discapacidad por cuestiones de burocracia.

Respecto a los motivos por los que el Gobierno tomó la decisión de suspender las pensiones, manifestó. “El Gobierno anterior multiplicó por 10 el padrón de discapacitados y madres de siete hijos. El manejo clientelar que hicieron de estas pensiones, llevó a que haya poblaciones con más del 100% de discapacitados, intendencias del interior”, manifestó.

El ministerio de Desarrollo Social aclaró cuáles son los criterios que establecieron para la quita de pensiones a discapacitados:

– Aquel discapacitado cuyo tutor responsable, cónyuge o consanguíneo obligado perciba un ingreso equivalente a tres jubilaciones mínimas, es decir, de 19.200 pesos por mes. Esa suma se ajustará.

-Quienes tienen un bien a su nombre, como un auto. Independientemente que este sea indispensable para garantizar la movilidad del discapacitado.

– Aquella persona con discapacidad cuyo cónyuge cobre una pensión o jubilación, incluso la mínima de 6.377 pesos. Con este último monto, la norma a la que se ciñe Desarrollo Social considera que un discapacitado y su pareja pueden vivir sin caer en la pobreza.

Fuente: http://www.lagaceta.com.ar/nota/733565/actualidad/persona-sindrome-down-no-debe-recibir-pension-puede-trabajar.html

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